Presidente de la
Academia de la Magistratura participó en VIII Reunión de la Comisión Mixta de
la Lucha contra Drogas Perú-Brasil
La VIII Reunión de la Comisión Mixta
de la Lucha Contra Drogas Perú-Brasil, se llevó a cabo los días 24 y 25 de
septiembre de 2014, en la ciudad de Brasilia – Brasil, en la que se acordó el
incremento de las acciones coordinadas de las Fuerzas Armadas, la Policía y la
Fiscalía contra las organizaciones criminales vinculadas con el narcotráfico
que operan particularmente en el sector limítrofe.
Los gobiernos del Perú y Brasil
acordaron conformar cuatro mesas de trabajo para reforzar la lucha conjunta
contra el tráfico ilícito de drogas. Las mesas de trabajo estarán divididas de
la siguiente forma:
1.
Reducción
de demanda.
2.
Prevención
y tratamiento.
3.
Reducción
de oferta.
4.
Lavado
de activos.
Esta importante alianza se concretó
en el año 2003 dado que, con Brasil se
tiene una conexión vial directa gracias a la frontera común que comparten y a
las características de sus respectivas economías, lo que ha dinamizado
sobremanera el comercio y el intercambio a lo largo de la Vía Interoceánica,
carretera que une sus territorios amazónicos. Este lazo binacional se ha
reforzado ahora con un acuerdo de lucha contra las bandas de narcotraficantes
que operan en la zona fronteriza.
La delegación peruana que participó
en la reunión estuvo dirigida por el Presidente Ejecutivo de la Comisión Nacional
para el Desarrollo y Vida Sin Drogas (DEVIDA), Alberto Otárola; y conformada por representantes del
Ministerio de Relaciones Exteriores, Poder Judicial, Ministerio Público, y de
la Unidad de Inteligencia Financiera.
Representando al Poder Judicial del
Perú, asistió el señor magistrado Duberlí A. Rodríguez Tineo, Juez Supremo de
la Corte Suprema de la República y Presidente de la Academia de la Magistratura,
quien tuvo a su cargo el tema “Trata de Personas”.
El Presidente de la AMAG señaló en su
exposición que “el mecanismo más utilizado
para captar a los niños, niñas y adolescentes es la necesidad de un trabajo que
les permita subsistir, así como apoyar a la precaria situación económica que
padecen sus familias; es decir, la ausencia de oportunidades de desarrollo
provoca que los tratantes de personas puedan lucrar con las vidas de miles de
niños, niñas y adolescentes, destruyendo sus vidas y sus sueños”.
Asimismo, sostuvo que uno de los
principales problemas del tratamiento jurídico de la trata de personas suele
ser que se pude confundir con los contenidos de otras normas penales que se relacionan con aquella; y que en el Perú,
datos obtenidos del Sistema de Registro y estadística del Delito de Trata de
Personas y Afines (RETA), revelan que al mes de abril de 2012, se habían
registrado 763 víctimas de trata de menores de edad, de las cuales 91% son
niñas y adolescentes mujeres.
Finalizó su muy aplaudida
intervención, considerando los siguientes aspectos:
1.
La
trata de personas no discrimina la edad de sus víctimas; sin embargo, según los
estudios la mayoría de ellas son mujeres menores de edad.
2.
No
requiere traslado transnacional ni cruce de fronteras para constituir este
delito. El Código Penal contempla adecuadamente la figura de la trata interna,
basta con lograr el retiro de la víctima de su núcleo familiar o del lugar
donde vivía, con propósitos de explotación.
3.
Para
la figura delictiva se presenta en las actividades de captación, transporte,
traslado, acogida y recepción mediante amenaza, uso de la fuerza de la víctima
y de su familia.
4.
El
consentimiento es irrelevante, si se han empleado los medios de coerción
descritos en el tipo penal o si la víctima es menor de edad.
5.
Para
sancionar la trata de personas, no es requisito comprobar explotación efectiva,
pues basta que se acredite el uso de los anteriores recursos, sea con fines de
explotación sexual, laboral, venta de niños, mendicidad y/o tráfico de órganos
u otras formas de explotación o
esclavitud o actividades análogas a esta.
Es necesario que estos casos se
procesen teniendo los elementos constitutivos del delito de trata de personas y
sus agravantes, para que se sancionen adecuadamente.
De manera que, con esta alianza el
Gobierno peruano consolidará una mayor presencia del Estado en las poblaciones
amazónicas situadas en las riberasde los ríos que conforman la frontera
con el gigante brasileño, promoviéndose medidas de prevención del consumo de
estupefacientes y promocionará los cultivos alternativos que suplanten a los
ilegales cultivos de coca.
Oficina de Prensa de la Academia de
la Magistratura
Central 428 0300 anexo 313
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